Normativa: ORDEN de 20 de abril de 2012, por la que se regulan los criterios y procedimientos de admisión del alumnado en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Art. 33).
- La renuncia se hará mediante solicitud escrita, adjuntándose la documentación que justifique las circunstancias que motiven la petición.
- El modelo de solicitud se puede recoger en la secretaría del centro o descargarlo:
- No se tramitará ninguna solicitud que no esté justificada documentalmente.
- En el caso de que el motivo aducido sea incompatibilidad del horario de clases con la actividad laboral, cuando sea por cuenta ajena, se deberá acompañar la solicitud con certificado de la empresa en el que se recojan los siguientes datos: duración del contrato de trabajo (fecha de incorporación y, en su caso, cese) y días de trabajo a la semana e indicación del horario de la jornada laboral.
- Una vez concedida la anulación, el interesado/a perderá su plaza y si desea matricularse en el próximo curso escolar deberá solicitar la admisión como alumno/a de nuevo ingreso.
- El plazo para presentar estas solicitudes finaliza el 30 de abril.
- En ningún caso la anulación de matrícula dará derecho a la devolución de las tasas académicas.